La reciente sentencia del TS de fecha 6 de marzo de 2020 STS 153/2020 REC. 2400/2017 ha emitido fallo sobre la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus y con relación a la imposibilidad de cumplir con los compromisos contractuales, mercantiles y de arrendamiento.
La doctrina y la jurisprudencia buscaban restablecer el desequilibrio contractual cuando por causas sobrevenidas y de fuerza mayor daban lugar a un incumplimiento correcto de la obligación contractual, sin que se buscase efectos de rescisión o de extinción, sino de modificación de las condiciones esenciales
Como elemento esencial la sentencia de fecha 6 de marzo de 2020 STS 153/2020 REC 2400/2017 establece que la diferencia para aplicar la regla rebus sic stantibus se basa en la duración contractual siendo de aplicación en los contratos de larga duración.