La ley concursal ha introducido en sus artículos 224 ter y siguientes el proceso de poder recibir ofertas para la adquisición de la unidad productiva de una empresa, el llamado pre pack concursal. Un experto (administrador concursal o en reestructuraciones) nombrado por el juzgado recabará las ofertas de toda la unidad o varias unidades productivas y el ofertante tendrá que decidir si se continua con la actividad o la reinicia, siendo un procedimiento fijado para dar continuidad a la producción.
Nov
21