El Tribunal Supremo ha fallado en la sentencia nº 1917/2024 de 5 de diciembre de 2024 que las casas móviles deben ser tratadas en regulación urbanística como las casas prefabricadas. La licencia garantiza que la la instalación cumple con las normativas locales y no afecta negativamente al entorno aunque pueden ser trasladadas de un lugar a otro, por uso de suelo, siendo de aplicación el artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Según la sentencia
“Las características de los móvil-home ” y ” bungalows” emplazados en el Camping impide bien es cierto hablar de construcción, pero no de instalación de una verdadera casa prefabricada que, aun transportable, se halla concebida para permanecer establemente anclada en una u otra parcela”.