La ley de la segunda oportunidad regulada en el Texto Refundido de la Ley Concursal permite al deudor de “buena fe” poder;
Cancelar total o parcialmente sus deudas y salir del fichero de morosos.
Suspender el pago de deudas y exigencia de cuotas de acreedores.
Paralización de intereses y recargos devengados.
Interrupción de los embargos y ejecuciones.
Mantener la vivienda habitual del deudor llegando a acuerdos con un plan de pagos.
Cancelar deudas de la TGSS y AEAT hasta 10.000€.