La Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores introduce modificaciones a la ley concursal.
<strong>- Acuerdo extrajudicial de pago, </strong>para alcanzar un acuerdo entre empresario deudor y sus acreedores, en la que se nombrara por un funcionario publico a un <strong>mediador concursal</strong> a fin de convocar junta y pactar quitas y esperas. Las personas físicas, empresarios, se podrán acoger cuando su pasivo no supere los 5Millones€.
<strong>- Acuerdos de Refinanciación</strong>, se reduce al 55% el pasivo financiero la homologación judicial siempre que los créditos no sean de garantía real, y se regula la figura del experto independiente para la emisión del informe del plan de viabilidad.