La Reforma de la Ley de Sociedades de Capital Ley 31/2014 ha reformado entre otros la responsabilidad de los administradores. Así el articulo 241 bis, mantiene la responsabilidad de los cuatro años de los administradores, no desde el cese de éste, sino desde el día que se pudo haber ejercitado, hecho que afectará a la responsabilidad por deudas.
Además se abre la vía jurisprudencial de exculpación al administrador de derecho si queda probado que nada tuvo que ver con la responsabilidad, si el administrador de hecho es condenado.