El Tribunal de Justicia de la Unión Europea; TJUE, Sala Primera, Sentencia 14 Abr. 2016. Asunto C-381/2014, ha resuelto en contra de la normativa española a suspender la demanda de una acción individual contra una clausula suelo si existe un proceso colectivo, ya que se vulnera la acción individual del consumidor. La acción individual del consumidor vulnera el equilibrio de partes respecto al profesional, dando respuesta a la cuestión prejudicial pendiente del Juzgado de lo Mercantil de Madrid nº 11 Autos 471/2010, el cual ha resuelto en favor de los consumidores colectivos.